Actualmente son fiscalizadas por SBIF cinco Cooperativas de Ahorro y Crédito.
De acuerdo al artículo 87 de la Ley General de Cooperativas, las instituciones de este tipo cuyo patrimonio exceda las 400.000 unidades de fomento, quedarán sometidas a la fiscalización y control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, respecto de las operaciones económicas que realicen en cumplimiento de su objeto.
Adicionalmente, el artículo 4º transitorio de la Ley General de bancos indica que las cooperativas de ahorro y crédito que, al 27 de noviembre de 1986, hayan estado sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, continuarán sujetas a ella mientras mantengan depósitos o captaciones recibidos del público o de sus socios.
Actualmente son fiscalizadas por SBIF la Cooperativa de Ahorro y Crédito Talagante (Coocretal), la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopeuch, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Unión Aérea Limitada (Capual), la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oriente Limitada (Oriencoop) y la Cooperativa de Ahorro y Crédito el Detallista Limitada (Detacoop).
Las demás instituciones de este tipo son supervisadas por el Departamento de Cooperativas, dependiente de la Subsecretaría de Economía Fomento y Reconstrucción.